Mintrabajo descarta salarios en criptomonedas como forma legal de remuneración.

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Mintrabajo descarta salarios en criptomonedas como forma legal de remuneración.

El Ministerio del Trabajo reiteró que en Colombia el salario debe pagarse únicamente en moneda de curso legal, es decir, en pesos colombianos, descartando el uso de criptomonedas como forma válida de remuneración.

La entidad precisó que no existe norma que autorice el pago en activos virtuales y que, aun si empleador y trabajador llegaran a un acuerdo, este no puede contradecir las disposiciones laborales de orden público.

Asimismo, aclaró que las criptomonedas no pueden considerarse salario en especie, modalidad reservada para conceptos como alimentación, vivienda o vestuario, y cuyo valor debe fijarse en el contrato. Tampoco son válidas para liquidaciones, indemnizaciones u otros derechos laborales.

El Ministerio solo dejó abierta la posibilidad de entregar criptomonedas como bonificaciones por mera liberalidad, siempre que no sustituyan la remuneración obligatoria en pesos.

El incumplimiento de esta norma puede acarrear sanciones administrativas para el empleador y acciones legales por parte de los trabajadores afectados.

En este contexto, se han presentado decisiones judiciales que condicionan el mérito ejecutivo de la factura electrónica a su registro en Radian o a la existencia de eventos electrónicos, desconociendo que dichas exigencias provienen del régimen tributario y no alteran la validez comercial del documento.

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Fuente: Ámbito Jurídico

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