La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un comunicado en el que desmintió la información que circula en redes sociales sobre una supuesta condonación o “perdón” de impuestos a los contribuyentes. La administración tributaria precisó que no existen programas vigentes que permitan eliminar o exonerar deudas tributarias por solicitud del contribuyente.
Fuente: INCP
Busca evaluar y mejorar los procesos y controles internos de una empresa, asegurando el cumplimiento de normatividad y requerimientos regulatorios, la eficiencia operativa y la gestión de riesgos. Su propósito es fortalecer el control interno, optimizar recursos y proporcionar información clave para la toma de decisiones estratégicas, contribuyendo a la transparencia y sostenibilidad organizacional.
El peritaje contable tiene como función principal analizar, interpretar y verificar información de índole financiero y contable, con miras a emitir un informe a ser utilizado en contextos de orden legal, judicial o corporativo. Se utiliza para detectar irregularidades, estimar daños de orden patrimonial y proporcionar pruebas técnicas que respalden procesos judiciales o administrativos, garantizando una evaluación objetiva y fundamentada.
Es un proceso especializado que combina técnicas contables, financieras, legales y de investigación para identificar, documentar y prevenir fraudes, delitos financieros o irregularidades. Su importancia radica en brindar mecanismos de protección a los activos, la reputación y la integridad de la organización frente al carácter económico y legal.
Consiste en una revisión y análisis exhaustivo y detallado de la situación financiera, fiscal, legal, reputacional, contable y operacional de una empresa, proyecto o activo, ante el potencial proceso de adquisición, fusión, escisión, ejecución de inversión o alianza estratégica, respecto del mismo.
Los documentos esenciales y relevantes para la ejecución de una auditoría financiera incluye, pero no se limita a, estados financieros, registros contables, comprobantes de ingresos y egresos, declaraciones fiscales, contratos, políticas contables e informes de auditorías previas. Con fundamento en estos documentos y todos los demás aquellos que se encuentren de relevancia, se podrá evaluar la precisión de la información financiera, garantizar el cumplimiento normativo y fortalecer la transparencia de la organización.
El objetivo principal de una auditoría externa es evaluar de manera independiente la veracidad y conformidad de los estados financieros de una organización, asegurando que cumplan con la normatividad contable y regulatorias aplicable. Además, busca identificar riesgos, mejorar la transparencia y fortalecer la confianza de inversionistas, entidades regulatorias y otras partes interesadas relevantes para la organización.
En Colombia, la obligación de contar con un Revisor Fiscal depende de la naturaleza de la entidad y ciertos criterios financieros. De acuerdo con el Artículo 203 del Código de Comercio, deben tener Revisor Fiscal:
Además, de acuerdo con la Ley 43 de 1990, también deben contar con Revisor Fiscal, las compañías que, de cualquier naturaleza, tengan :
También están obligadas a contar con Revisor Fiscal:
Los Revisores Fiscales en Colombia son designados por la mayoría absoluta de la Asamblea General de Accionistas o de la Junta de Socios, según lo establece el Artículo 204 del Código de Comercio. En el caso de sociedades comanditarias por acciones, el Revisor Fiscal es elegido por la mayoría de los votos de los comanditarios. Para sucursales de sociedades extranjeras, la designación recae en el órgano competente de acuerdo con los estatutos.
Para aquellas entidades con participación del Estado, la designación del Revisor Fiscal dependerá del tipo de entidad, el porcentaje de participación del Estado y el marco normativo específico aplicable.
La Revisoría Fiscal en Colombia, como función exclusiva que deberá ser ejercida por un contador público, contempla sus principales funciones en el artículo 207 del Código de Comercio, y de las cuales se destacan:
La Ley 43 de 1990 también contempla algunas condiciones asociadas al ejercicio de la función de Revisoría Fiscal.